Suprema Corte exhibe al Congreso de Morelos por pago de pensiones
SCJN señala problema estructural en pago de pensiones

SCJN señala problema estructural en pago de pensiones

La Suprema Corte de Justicia de la Nación exhibió al Congreso de Morelos por incumplir de forma reiterada con el pago de pensiones a trabajadores del estado, al invalidar un decreto que ordenaba cubrir una pensión sin definir previamente la fuente de financiamiento.

Durante la sesión del Pleno realizada el 6 de enero, el ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz advirtió que el problema ya tiene carácter estructural. Señaló que la Corte ha conocido más de 550 controversias constitucionales relacionadas con el pago de pensiones en la entidad, una cifra que evidencia la persistencia del incumplimiento legislativo.

El ministro explicó que el origen del conflicto se encuentra en la Ley del Servicio Civil de Morelos, la cual asigna al Congreso funciones propias de un organismo de seguridad social. Este diseño genera un patrón constante de conflicto entre poderes.

Un esquema repetido que termina en controversias

De acuerdo con lo expuesto en la sesión, el proceso suele iniciar cuando un trabajador obtiene una pensión mediante juicio de amparo. Posteriormente, el Congreso emite un decreto, pero no garantiza los recursos para cubrir el pago. La omisión deriva en nuevas controversias constitucionales.

En el caso analizado, la Corte invalidó únicamente la porción normativa que obligaba al Poder Judicial a cubrir la pensión sin recibir recursos. La resolución protegió los derechos de la persona pensionada y ordenó al Congreso corregir el decreto.

Congreso debe definir la fuente del pago

El ministro Irving Espinosa Betanzo aclaró que la inconstitucionalidad no se relaciona con el monto de la pensión, sino con la decisión legislativa de disponer del presupuesto de otro poder. Por ello, la sentencia obliga al Congreso a definir de manera expresa quién debe cubrir el pago de pensiones y a realizar las transferencias necesarias.

La resolución se aprobó con siete votos a favor y uno en contra respecto a los efectos. La sentencia se publicará en el Semanario Judicial de la Federación.

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